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Jeshael Rivera Villalón
SAN JOSÉ ITURBIDE
El Gobierno de San José Iturbide ha publicado un reglamento para las manifestaciones que se lleven a cabo en el municipio donde, entre otras cosas, se establece que los organizadores deberán ser identificados, se buscará el dialogo con lo asistentes, se armaran expedientes sobre los hechos y se faculta a las autoridades de seguridad para el uso de la fuerza en caso de considerar que exista violencia. La acción fue por una petición de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, señalan autoridades.
El documento fue publicado el pasado 3 de mayo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato bajo el nombre de “reglamento para garantizar el derecho a la manifestación en el municipio de San José Iturbide”.
Son 17 hojas de contenido donde de manera general se establece que los pobladores podrán manifestarse y se exponen las directrices con que las autoridades consideran se deberán llevar a cabo las manifestaciones.
Por ejemplo, en el artículo 10 se indica que las personas que organicen, convoquen o lideren las manifestaciones “deberán considerar medidas que garanticen la seguridad” de los asistentes y terceras personas.
Unos artículos mas adelante, se especifica, al hablarse de la “responsabilidad social” que quienes incumplan las normativas y afecten a terceras personas durante una manifestación “podrán ser sancionados por la autoridad”.
Actuación de autoridades y uso de la fuerza
Dentro del capitulo V del citado reglamento se habla de los principios de actuación de la autoridad municipal para garantizar un “entorno seguro” para los participantes y terceras personas.
“Realizar acciones para conocer y planear con anticipación la realización de manifestaciones para garantizar el ejercicio de este derecho”, señala la fracción segunda.
También se habla de que las autoridades buscarán dialogo con los organizadores y evitar confrontaciones.
Sin embargo, también se faculta en la fracción VI “el uso de la fuerza pública como excepción”
En el articulo 16, las propias autoridades reconocen que la manifestación es un derecho humano reconocido.
Dentro de los dos posteriores (17 y 18) se indica que las autoridades deben vincularse con las personas que concurren a una manifestación y deben de privilegiar el dialogo sin discriminar ni estigmatizar a los participantes.
“Las instituciones de Seguridad Pública Municipal podrán intervenir ante actos de violencia en la manifestación”
“La intervención deberá ser específicamente en contra de las personas que realicen los actos de violencia”, señala el articulo 19 de la normativa.
No obstante, no se detalla que acciones eran consideradas como violencia.
Al hablarse de entornos seguros, se adelanta que las autoridades deberán tener un plan para casos imprevistos de manifestaciones y dentro de ello tendrán que identificar a quienes convoquen o lideren las manifestaciones para generar dialogo y establecer acciones conjuntas.
Además, se dice los encargados de dicho plan deberán ser preferentemente elementos de policía, tránsito o de Protección Civil.
Como parte del articulo 23, se establece que si las autoridades validan el uso de la fuerza deberá emitirse un reporte a la comisión de derechos humanos del Ayuntamiento con una copia del plan aplicado y la documentación respectiva.
Dentro del contenido se deberá poner a los elementos y corporaciones participantes, unidades, y en caso de haber detenidos la documentación sobre las revisiones médicas.
Mas abajo se habla de contar con respaldos de videograbaciones así como de audiencias en las que participen los implicados.
Ya es valido
En la parte final de la publicación firmada por la alcaldesa Cindy Abril Arvizu Hernández y el secretario del Ayuntamiento Jesús Omar Jaime Valencia se enlistan tres artículos transitorios, el primero para informar que el reglamento surte efectos legales a partir de su publicación en el periódico oficial.
Posteriormente se “derogan todas aquellas disposiciones contenidas en ordenamientos municipales que sean contrarias al presente reglamento”
Y se cierra estableciendo que las autoridades deberán difundir el reglamento en un periodo máximo de 30 días después de su entrada en vigor.
Fue por recomendación de Derechos Humanos
Sobre el hecho, las autoridades locales informaron que el documento les fue enviado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, que es para todo el estado y no se modifico nada del contenido ya que solo pidieron su aprobación
Fotos expedientes
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