Redacción
Guanajuato, Gto. – El Pleno del Congreso local aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato para regular las órdenes de protección.
Con estas modificaciones se faculta a la Secretaría de Seguridad Pública para auxiliar y supervisar, en su caso, la implementación en la ejecución de las órdenes de protección.
Asimismo, se establece que las órdenes de protección son actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima y son fundamentalmente precautorias y cautelares, podrán otorgarse de oficio o a petición de parte, según sea el caso, a través del Ministerio Público, las autoridades administrativas o por los órganos jurisdiccionales competentes, conforme al momento en que tengan conocimiento del hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción, que ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de las mujeres o niñas, evitando en todo momento que la persona agresora, directamente o a través de algún tercero, tenga contacto de cualquier tipo o medio con la víctima.
Se precisa que, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato y el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, podrán solicitar a las autoridades competentes el otorgamiento de las medidas correspondientes.
También se contemplan los principios de las órdenes de protección y se establece que éstas se deberán dictar e implementar con base en ellos que son: de protección; necesidad y proporcionalidad; confidencialidad; oportunidad y eficacia; accesibilidad; integralidad; y pro-persona.
De igual manera, se indica que las órdenes de protección son personalísimas e intransferibles y podrán ser administrativas, las cuales son las emitidas por el Ministerio Público y las autoridades administrativas y de naturaleza jurisdiccional, que se emiten por los órganos encargados de la impartición de justicia; y que las mismas podrán consistir en una o varias de las previstas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Se agrega que las órdenes de protección tendrán una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación o prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima; y deberán expedirse de manera inmediata o a más tardar dentro de las 4 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.
Además, se indica que la Secretaría de Gobierno, el Instituto para las Mujeres Guanajuatenses, instituciones de seguridad pública municipales e instancias municipales de atención a la mujer también podrán emitir las órdenes de protección administrativas.
Otro aspecto que se considera es que las órdenes de protección podrán solicitarse en el estado de Guanajuato, al Ministerio Público o al órgano jurisdiccional competente, aún cuando los hechos hayan ocurrido en otra entidad federativa, sin que la competencia en razón del territorio pueda ser usada como excusa para no recibir la solicitud.
Para hablar a favor del dictamen hicieron uso de la tribuna las diputadas Yulma Rocha Aguilar y Katya Cristina Soto Escamilla.
Rocha Aguilar comentó que las reformas propuestas ayudarán a evitar que la violencia contra las mujeres siga en aumento, por tratarse de acciones fundamentales que radican principalmente en conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida e integridad de las mujeres.
Asimismo, señaló que las modificaciones planteadas tuvieron un trabajo de análisis, verdaderamente detallado y exhaustivo, debido a que los esfuerzos presentados por los iniciantes tuvieron que ser reconstruidos, casi en su totalidad, para darle orden, coherencia, certeza y efectividad, a lo que agregó que el ejercicio en la mesa de trabajo es un ejemplo de que las iniciativas son perfectibles.
La congresista, mencionó que las nuevas herramientas contemplan también a sectores vulnerables de la población como lo son las mujeres migrantes quienes se les podrá otorgar una orden sin requerirles que acrediten su situación migratoria, ni cualquier otro elemento que impida su derecho al acceso a la justicia y su protección.
Finalmente, Rocha Aguilar precisó que se contemplan mejoras en la vigencia de dichos mecanismos al pasar de las 72 horas a tener una duración de hasta 60 días, prorrogables por el tiempo que cese la situación de riesgo para la víctima, siendo también la finalidad de la iniciativa en hacer más accesible y menos burocrática la autorización de órdenes de protección.
Por su parte, la congresista Katya Cristina Soto Escamilla habló sobre la situación de violencia de género y de impunidad que se vive en el país. En ese sentido, apuntó que en lo que va del 2022 se han cometido 385 feminicidios, siendo imperante recalcar que agosto de 2021 fue el mes con más violencia feminicida ya que se cometieron 109 feminicidios.
Lo anterior, dijo, los obligaba a dar una profunda mirada a las leyes para desarrollar mejores formas de erradicar la violencia cometida hacia las mujeres, adolescentes y niñas. Asimismo, indicó que, en Guanajuato, tan solo en el 2021 se otorgaron 3,012 órdenes por parte del Ministerio Público, de las cuales 1,168 fueron de emergencia y 1,844 preventivas.
Soto Escamilla precisó que las órdenes de protección son un instrumento que busca garantizar la vida, integridad y seguridad de las mujeres en situación de violencia.
“A partir de ahora, hay un mecanismo legal, diseñado para protegerlas de cualquier tipo de violencia, sobre todo para evitar que la violencia escale y que pueda culminar en la muerte violenta”, enfatizó.
Dijo que dichas órdenes son para mujeres, adolescentes y niñas de Guanajuato, que pudieran sufrir violencia; que pueden ser emitidas las administrativas por el Ministerio Público; la Secretaría de Gobierno; el Instituto para las Mujeres Guanajuatenses; las instituciones de Seguridad Pública Municipales; y las instancias municipales de atención a la mujer; mientras que las jurisdiccionales por los órganos encargados de la impartición de justicia.
Después de enlistar diversas bondades de las reformas, la congresista subrayó que con este dictamen trabajaban por una cultura en la que la palabra de las mujeres no solo se escuche, sino que no se ponga en duda ante el riesgo inminente en que se puedan encontrar como mujeres.
Al ser sometido a votación en lo particular anunciaron reservas el diputado Armando Rangel Hernández; así como las diputadas Martha Edith Moreno Valencia y Yulma Rocha Aguilar.
Rangel Hernández señaló que lo buscaban es que la operatividad del decreto fuera lo más rápido, pero también lo más eficiente posible. En ese sentido, precisó que solicitaban que en el segundo transitorio se agregue la palabra instrumentos normativos; que el tercero transitorio fuera eliminado para evitar que los plazos retrasen entrada en vigor; y en el cuarto transitorio que no se supedite la entrada en vigor de las capacitaciones a que los lineamientos sean aprobados.
En rectificación de hechos, la diputada Yulma Rocha Aguilar externó su preocupación de que se buscara suprimir los transitorios presentados por la Fiscalía y que le parecía contradictoria la posición del grupo parlamentario de su homólogo, además de que consideró perjudicial no establecer plazos.
Las reservas fueron aprobadas por mayoría de votos.
Por su parte, la congresista Martha Edith Moreno Valencia planteó una reserva al artículo 44 Bis y destacó que las órdenes de protección representaban un avance significativo para cuidar a las niñas, adolescentes y mujeres, pero consideraba que el dictamen estaba incompleto, al no contemplar todas las medidas, por lo que propuso incorporar las órdenes de protección administrativas, con el fin de brindar una protección integral a la seguridad y dignidad de las mujeres, y con ello garantizar y restituir los derechos humanos de las guanajuatenses.
En cuanto a la reserva del artículo 44 Quáter, indicó que se buscaba una legislación adecuada que abone al resguardo de la seguridad de las mujeres, por lo que proponían se incorporará un artículo correspondiente a las órdenes de protección de naturaleza jurisdiccional.
Ambas reservas fueron rechazadas.
Finalmente, la legisladora Yulma Rocha Aguilar se reservó los artículos 44, 44 bis, 44 ter y 44 quinquies, al considerar que era un dictamen incompleto. Puntualizó que con las reformas propuestas se modifica la clasificación de las órdenes de protección, pasando de ser de emergencias, preventivas y de carácter civil a de carácter administrativa y de naturaleza jurisdiccional, lo que significa que de conformidad con lo establecido en la ley general las autoridades competentes podrán emitir hasta por lo menos 31 acciones de protección para otorgar la seguridad y salvaguardar la integridad de las mujeres, es decir, alrededor de 19 medidas adicionales a las que ya contempla la ley vigente.
Sus reservas no fueron aprobadas.