Redacción
En sesión de la Comisión de Justicia se analizaron tres iniciativas de reforma al Código Penal dentro de las cuales esta el eliminar el delito de estupro para reclasificar la cópula con menores de 16 años como violación.
Estupro
La primera iniciativa fue la relativa a incrementar el umbral de protección de las víctimas del delito de estupro, de 16 a 18 años.
En términos generales se comentó que se debería incorporar en el análisis la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes; que en casos como España que tenían como edad mínima los 13 años, se le hizo una observación y se elevó a los 16; que considerar que después de esa edad no tienen la capacidad de decidir sobre una relación sexual, traería más problemas, limitaba su capacidad y podría provocar la estigmatización de quienes tengan relaciones antes del matrimonio, sobre todo en las mujeres.
El diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes señaló que se realizó un análisis de los Códigos Penales en todo el país en la materia, estableciendo a los menores como sujetos pasivos cualificados; mientras que la congresista Susana Bermúdez Cano se refirió a lo establecido en la entidad en cuanto a la cópula con menores y sus sanciones.
La legisladora Laura Cristina Márquez Alcalá precisó que se tenía que profundizar en el alcance de la autonomía progresiva, la forma de abordarlo, cómo interpretar la madurez que se va dando en las personas menores de 18 años, para encontrar la mejor manera de atender la propuesta.
Violación
La segunda propuesta contempla especificar qué es la cópula; ampliar la tipificación de la violación, incluyendo como elemento central de la misma la falta de consentimiento genuino y voluntario; aumentar los agravantes de la violación en armonización con los estándares internacionales; y eliminar el delito de estupro para reclasificar la cópula con menores de 16 años como violación.
Al respecto se dijo que se tenía que cuidar la manera de materializarlo para evitar que lo pretendido no resulte contraproducente en cuanto al sistema jurídico mexicano y guanajuatense; que se establece un desglose excesivo que generaría revictimización; que se tendría que vigilar la proporcionalidad, la autonomía progresiva; que en la violación y el estupro el sujeto pasivo no siempre es mujer; entre otros aspectos.
El diputado Bricio Balderas Álvarez realizó algunas observaciones, entre ellas que se debe analizar lo del consentimiento genuino y consensuado, que dejan a la interpretación el libre albedrío; y que la conducta de violación y el estupro eran distintos.
La legisladora Laura Cristina Márquez Alcalá comentó que la iniciativa buscaba ampliar el espectro de protección y que derivado del análisis hecho se tenía que hacer un contraste para hacer una valoración adecuada de cómo abordarla; que existía demasiada definición y empezaba a parecer un obstáculo para la consecución de la justicia, por lo que propuso que se dejara el análisis para otro momento y poderse allegar de más elementos, al igual que la propuesta anterior.
Trata de personas
La tercera iniciativa pretende incrementar el castigo al delito de trata cuando sea cometido en contra de niñas, niños y adolescentes. Sobre ésta se precisó que no se alcazaba a solventar la propuesta, al establecer que la materia que se pretende tocar es competencia del Congreso del Unión; y lo proyectado en la iniciativa resultaba inconstitucional.
El diputado Cuauhtémoc Becerra González apuntó que lo que se pretendía no era vulnerar la atribución que tiene el Congreso de la Unión para regular lo conducente al delito de trata de personas, sino que se buscaba homologar para erradicar dichos delitos, robusteciendo la justicia, sin contravenir facultades federales.
En su intervención, la congresista Laura Cristina Márquez Alcalá señaló que era unánime la coincidencia en que no se pude regular en la materia, porque técnicamente no se pude tocar dicho delito en el Código Penal local, aunque se compartía la inquietud manifestada por los iniciantes, por lo que instruyó la elaboración del dictamen en sentido negativo de la propuesta.