Tribunal electoral revoca medida cautelar del IEEG contra medios de comunicación
Nota Kuali Noticias
Carlos GarcĆa/Guanajuato, Gto.-Ā El Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato (TEEG) revocó la medida cautelar del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) donde ordenó a cinco medios de comunicación bajar notas periodĆsticas donde documentaron declaraciones del diputado local del PVEM, Gerardo FernĆ”ndez GonzĆ”lez; denunciadas como violencia polĆtica por parte de la alcaldesa panista de León, Alejandra GutiĆ©rrez Campos.
āSe propone revocar la medida cautelar impuesta y enviar en consecuencia, ordenar a la Comisión de Quejas y Denuncias a que emita una nueva determinación conforme a las directrices ordenadas en la sentenciaā, seƱaló el secretario de Ponencia, Francisco de JesĆŗs Reynoso Valenzuela, al leer el proyecto de resolución JE14/2024.
La Comisión de Quejas y Denuncias del IEEG tiene 72 horas, a partir de la notificación de la sentencia, para emitir un nuevo acuerdo de medidas cautelares.
El proyecto seƱala que la Comisión ārealizó un anĆ”lisis incorrecto de los hechos al momento de decretar la medida, pues ordenó a los medios de comunicación el retiro de las notas periodĆsticas, sin revisar de manera exhaustiva cómo habĆan presentado los hechos y cuĆ”l era el contexto informativo que atendieronā.
Era necesario que el órgano electoral revisara exhaustivamente el caso para tener elementos claros y suficientes para determinar si las notas tenĆan elementos que acreditarĆ”n violencia polĆtica, puntualiza el proyecto elaborado por la presidenta del Tribunal, MarĆa Dolores López Loza.
āMĆ”s aĆŗn, si se considera, que ninguna de las notas presentó o difundió el video que la responsable estimó que contenĆan las expresiones que actualizaban dicha violenciaā, puntualiza.
Agrega que el hecho de que la Comisión de Quejas del IEEG haya realizado un estudio preliminar de las notas, con base a la jurisprudencia 21/2018 de la Sala Superior, no es suficiente para considerar que la medida cautelar este debidamente motivada.
āEra indispensable que partiera del estudio de lo que expresamente dieron a conocer los medios de comunicación, a efecto de brindar razones suficientes que justifiquen su imposición y no que la hicieran depender de otros hechos que no les eran atribuiblesā, recalca el proyecto.
La magistrada, Yari Zapata López, fue la Ćŗnica que votó en contra del proyecto al considerar que los medios de comunicación y periodistas tambiĆ©n pueden incurrir en violencia polĆtica de gĆ©nero.
āSus expresiones generan una presunta afectación en la esfera de los derechos polĆtico-electorales de quienes son objeto de sus crĆticas, por lo que resulta correcto el proceder de la Comisión de Quejasā, consideró al mencionar otro caso donde hubo una sentencia por violencia polĆtica.
La magistrada presidenta enfatizó que no compartĆa las razones de disenso expuestas por Yari Zapata āporque estamos en un supuesto distinto, porque en ese asunto se analizó una postura por un consultor en comunicación polĆtica y no las notas que se estudian en este proyectoā.
āEn el proyecto no se estĆ” resolviendo si las notas son o no constitutivas de violencia, se ordena que analicen su contenido, fue incorrecta la medida cautelar contra los medios con base a hechos que se atribuyeron a otras personas y no por actos propiosā, remató.