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Carlos García/Guanajuato, Gto.- El Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato (TEEG) revocó la medida cautelar del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) donde ordenó a cinco medios de comunicación bajar notas periodísticas donde documentaron declaraciones del diputado local del PVEM, Gerardo Fernández González; denunciadas como violencia política por parte de la alcaldesa panista de León, Alejandra Gutiérrez Campos.
“Se propone revocar la medida cautelar impuesta y enviar en consecuencia, ordenar a la Comisión de Quejas y Denuncias a que emita una nueva determinación conforme a las directrices ordenadas en la sentencia”, señaló el secretario de Ponencia, Francisco de Jesús Reynoso Valenzuela, al leer el proyecto de resolución JE14/2024.
La Comisión de Quejas y Denuncias del IEEG tiene 72 horas, a partir de la notificación de la sentencia, para emitir un nuevo acuerdo de medidas cautelares.
El proyecto señala que la Comisión “realizó un análisis incorrecto de los hechos al momento de decretar la medida, pues ordenó a los medios de comunicación el retiro de las notas periodísticas, sin revisar de manera exhaustiva cómo habían presentado los hechos y cuál era el contexto informativo que atendieron”.
Era necesario que el órgano electoral revisara exhaustivamente el caso para tener elementos claros y suficientes para determinar si las notas tenían elementos que acreditarán violencia política, puntualiza el proyecto elaborado por la presidenta del Tribunal, María Dolores López Loza.
“Más aún, si se considera, que ninguna de las notas presentó o difundió el video que la responsable estimó que contenían las expresiones que actualizaban dicha violencia”, puntualiza.
Agrega que el hecho de que la Comisión de Quejas del IEEG haya realizado un estudio preliminar de las notas, con base a la jurisprudencia 21/2018 de la Sala Superior, no es suficiente para considerar que la medida cautelar este debidamente motivada.
“Era indispensable que partiera del estudio de lo que expresamente dieron a conocer los medios de comunicación, a efecto de brindar razones suficientes que justifiquen su imposición y no que la hicieran depender de otros hechos que no les eran atribuibles”, recalca el proyecto.
La magistrada, Yari Zapata López, fue la única que votó en contra del proyecto al considerar que los medios de comunicación y periodistas también pueden incurrir en violencia política de género.
“Sus expresiones generan una presunta afectación en la esfera de los derechos político-electorales de quienes son objeto de sus críticas, por lo que resulta correcto el proceder de la Comisión de Quejas”, consideró al mencionar otro caso donde hubo una sentencia por violencia política.
La magistrada presidenta enfatizó que no compartía las razones de disenso expuestas por Yari Zapata “porque estamos en un supuesto distinto, porque en ese asunto se analizó una postura por un consultor en comunicación política y no las notas que se estudian en este proyecto”.
“En el proyecto no se está resolviendo si las notas son o no constitutivas de violencia, se ordena que analicen su contenido, fue incorrecta la medida cautelar contra los medios con base a hechos que se atribuyeron a otras personas y no por actos propios”, remató.