Jeshael Rivera Villalón
SAN JOSÉ ITURBIDE
Las personas que se nieguen a recoger las heces que sus mascotas hagan en la vía pública, tiren basura fuera de los lugares establecidos, desperdicien el agua o pinten, maltraten o ensucien inmuebles públicos o particulares podrán ser multadas con mas de 1 mil 900 pesos, establecen nuevas reglamentaciones locales.
Dentro del artículo 17 del recientemente aprobado reglamento de justicia cívica que fue aprobado por el Ayuntamiento local es donde se establecen estas y otras sanciones al ser calificadas como “infracciones contra el medio ambiente y el entorno urbano”.
“Abstenerse de recoger, de vías o lugares públicos, las heces fecales de un animal de su propiedad o bajo su custodia, así como tirar o abandonar dichos desechos en la vía pública” y “Tirar basura en lugares no autorizados o quemarla aún dentro de su propiedad”, son algunas de las primeras infracciones que contempla el apartado.
En estas se indican multas de 1 a 20 UMAS, que van de los 96.22 a los mil 924 pesos, aunque también se contemplan de 13 a 24 horas de arresto.
De igual manera se contempla el tirar o abandonar en la vía pública animales muertos y objetos como muebles.
Otras más altas
Líneas mas abajo, se contemplan otras sanciones para quienes incurran en desperdiciar el agua o impedir el uso a quienes deben tener acceso a ella.
Para este caso se estipulan arrestos de 25 a 36 horas y multas de 21 a 40 UMAS, es decir de 2 mil hasta a poco mas de 3 mil 800 pesos.
“Dañar, pintar, maltratar, ensuciar o hacer uso indebido de las fachadas de inmuebles públicos o de particulares, sin autorización expresa de éstos; así como en estatuas, monumentos, postes, arbotantes, semáforos, parquímetros, buzones, tomas de agua, señalizaciones viales o de obras, puentes, pasos peatonales, plazas, parques, jardines, elementos de ornato u otros bienes semejantes”, es otra de las infracciones que se contemplan.
Obstruir vialidades también
Como parte de las faltas al medio ambiente y al entorno urbano también se encuentran: “colocar en la acera o en el arroyo vehicular, enseres o cualquier elemento propio de un establecimiento mercantil, sin la autorización correspondiente” y realizar obras de edificación, conexión de tuberías y mangueras para el suministro de agua potable y drenaje; sin licencia, permiso o autorización del Ayuntamiento.
Se debe mencionar que, para estos casos, las multas máximas son de 30 UMAS, equivalentes a poco mas de 2 mil 886 pesos.
Consideraciones a algunos infractores
En total son 18 diversas infracciones que contempla el apartado en mención y se dejan claras algunas consideraciones como que, en caso de que el infractor sea jornalero, obrero o trabajador “no podrá ser sancionada con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día y dependiendo de la gravedad de la infracción, se le aplicará la sanción por trabajo en favor de la comunidad de 12 a 18 horas”
Al tratarse de no asalariados la multa no podrá sobrepasar un día de su ingreso y en algunos casos los jueces podrán exigir la reparación del daño a la persona infractora “en la medida que la reparación sea posible”.