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Jeshael Rivera Villalón
SAN JOSÉ ITURBIDE
El Ayuntamiento local aprobó una modificación a la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2022 donde se estipulan los pagos que tendrán que hacer los propietarios de negocios por el derecho de tener anuncios y aunque en algunos conceptos redujeron su costo en pesos y centavos, los cambios en la normativa establecen que por ciertos tipos de anuncios se tendrá que pagar una cuota anual de más de 6 mil pesos por metro cuadrado.
La modificación fue aprobada en una sesión ordinaria el pasado 31 de mayo, derivado de un dictamen de la Comisión de Hacienda Patrimonio y Cuenta Pública en el que se da el visto bueno a algunos cambios expuestos por la dirección de Medio Ambiente y Ecología.
Concretamente, en el artículo 27 relacionado con los derechos de expedición de licencias o permisos para el establecimiento de anuncios se manifiesta que los autosportados, espectaculares y de azotea, incluyendo los luminosos y electrónicos deberán cubrir una cuota anual de 6 mil 491 pesos mas 87.65 pesos por metro cuadrado.
En la ley publicada a inicios de año solo se manejaba un pago de 88.04 pesos en anuncios autosoportados y espectaculares por metro cuadrado, pero no la cuota fija anual.
La modificación también contempla un costo de 606 pesos por metro cuadrado a los anuncios de pared y adosados (que se adhiere o sujeta) a un muro o piso. Además, en cuanto a la pinta de bardas se establece un precio por metro cuadrado de poco más de 87 pesos anuales.
Con relación a los toldos y carpas se maneja un costo anual de 858 pesos por pieza y sobre bancas y cobertizos 124 pesos, en cuanto a la difusión fonética de publicidad fija o móvil (perifoneo) se estipula un cobro de 133 pesos por día.
Otros conceptos que ya se estipulaban y que se manejan en la modificación están relacionados con anuncios móviles, temporales o inflables, en el caso de mampara en la vía publica por día 62.57 pesos, tijera por un mes 62.29, comercios ambulantes por mes 162.57 pesos, mantas o lonas por mes o por metro cuadrado 162.63 e inflables por día 227.91 pesos.
Aunque la modificación a la citada ley ya fue aprobada por el Ayuntamiento local, todavía falta que sea publicada en el periódico oficial para que surta efectos legales y pueda aplicarse, en tanto, la que se tiene desde inicios de año está vigente.
Cabe señalar que, algunos de los rubros anteriormente expuestos sufrieron una ligera reducción respecto al paquete fiscal anterior, pero hay otros conceptos como la cuota anual de más de 6 mil pesos que no venía estipulada.
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